lunes, 8 de marzo de 2010

El 8 de marzo no es una celebración es una conmemoración

Desde las ocho de la mañana de hoy los hombres y mujeres que me he encontrado me han "felicitado" por ser mujer. Considero que nacer mujer ha sido un asunto aletorio.No me molesta mi condición mujeril y además me gusta mucho el lado femenino de la vida. Pero el 8 de marzo es un día que utilizo para pensar en que la condición de millones de mujeres en el planeta es inferior a la de los demás millones de hombres y que es necesario continuar con los esfuerzos por lograr que las mujeres seamos ciudadanas con deberes y derechos políticos. Voy a copiar aquí un texto tomado de la página de "Koaga Rone´eta" sobre los derechos de las mujeres y la situación de estos en el planeta.Yo quiero pensar que algún día las mujeres de todos los países y de todos los estratos sociales puedan ser libres para elegir y ser elegidas y para decidir por un mejor destino para el planeta.

Principales actos violatorios a los derechos humanos de las mujeres:

1.Violaciones al derecho a la integridad personal:

- La violencia física, psíquica, sexual y económica, que acontece en las relaciones de pareja y en la familia, que en la mayoría de los casos terminan en homicidio, suicidio o feminicidio;

- El abuso sexual y el estupro, especialmente los incestuosos;

- La violencia social a nivel de la comunidad en general, incluidas las violaciones, los abusos sexuales, el hostigamiento e intimidación sexuales en el trabajo, en instituciones educativas, en la administración de justicia y en otros ámbitos;

- La prostitución forzada y el tráfico y la esclavitud de niñas y mujeres;

- El asesinato de mujeres, especialmente los practicados por maridos, ex-maridos, convivientes y enamorados;

- Las mutilaciones genitales de que son objeto millares de mujeres en el mundo, por razones religiosas sin fundamento alguno;

- La utilización de la violación sistemática de la mujer como arma de guerra en los conflictos armados;

- La esterilización forzada, el aborto forzado, la utilización coercitiva o forzada de anticonceptivos, el infanticio de niñas y la determinación prenatal del sexo;

- La impunidad de los agresores y las absoluciones fundamentadas en conceptos legitimadores de la opresión de la mujer por parte del hombre. Un hecho relevante, es que no obstante la mujer es víctima de la violencia en el hogar, en el trabajo, en la sociedad, es también la principal promotora de la paz.

2. Violaciones al derecho a la libertad:

- Violaciones a la libertad del desarrollo de la personalidad, pues desde el nacimiento, las mujeres son limitadas en su desarrollo en todos los ámbitos, a través de una influencia cultural que estimula la dependencia, subordinación y discriminación, así como el pleno ejercicio de sus derechos como persona.

- Violaciones a la libertad de expresión, conciencia, religión, reunión, asociación y movilización, pues se espera que la mujer subordine su pensamiento y sus acciones a los del hombre, sea éste su padre, esposo, amante, hermano, hijo.

-Violaciones a la libertad de movimiento fuera del matrimonio, cuando el esposo o compañero no permite a la mujer que trabaje, estudie o salga sin su autorización.

- Control de la sexualidad y del cuerpo de la mujer. En muchos países, las mujeres no pueden decidir sobre el número de hijos, ni el momento en que desea tenerlos o no, y en muchos casos, requieren para esterilizarse autorización del compañero o esposo, y si es soltera se le niega el derecho a esterilizarse, no obstante, el hombre sí puede hacerse una vasectomía en cualquier momento y sin autorización de la mujer. El resultado de todas estas violaciones, es que se limitan las oportunidades de desarrollo de la mujer y además, se pone en peligro sus vidas.

3.Violaciones al derecho a la igualdad:

- Se producen violaciones en el acceso al sistema judicial y a la administración de justicia, especialmente en los casos de violación, abuso sexual y violencia intrafamiliar, donde los procedimientos son inadecuados y hay un gran desconocimiento del manejo de este tipo de situaciones por parte de los funcionarios/as y en la mayoría de los casos, las víctimas resultan victimarias, al ser cuestionadas y consideradas culpables de la violencia ejercida en su contra.

- Se viola el derecho a la igualdad, cuando se niega o se limita el acceso de la mujer a la toma de decisiones y al poder político en igualdad de derechos y oportunidades con el hombre.

- Se viola el derecho a la igualdad cuando se da un trato desigual o discriminatorio en la legislación o en los tribunales de justicia.

Si todo lo descrito anteriormente no es discriminación y no es violación a los derechos humanos de las mujeres, cómo se le puede llamar? De allí pues, surge la necesidad de trabajar en una reformulación de la legislación, dando énfasis en los derechos humanos de las mujeres, elaborando y promulgando nuevas leyes no sólo en el ámbito penal, sino también en el civil, administrativo y de procedimiento, destinadas a prevenir, erradicar y sancionar la violencia contra la mujer en todas sus formas y expresiones.

Pero es importante que, paralelamente con las reformulaciones a la legislación, se desarrollen programas de difusión y de educación a toda la población, sobre la existencia y alcance de sus derechos ante la ley, pues sólo a través de su conocimiento estaremos avanzando hacia la eliminación de la discriminación contra la mujer y fundamentalmente, concienciar a los hombres en torno a la necesidad de que reconozcan y respeten los derechos de las mujeres, pues como señala la doctora Nafis Sadik, Directora Ejecutiva del Fondo de Población de la ONU, "Ningún cambio fundamental en favor de la mujer será posible sin que se produzca un cambio masivo en las actitudes masculinas".

De los señalamientos anteriores, es que se produce entonces, la estrecha relación entre los derechos humanos, mujer y violencia , por ello, se hace necesario trabajar en una reformulación de la legislación, dando énfasis en los derechos humanos de las mujeres, elaborando y promulgando nuevas leyes no sólo en el ámbito penal, sino también en el civil, administrativo y de procedimiento, destinadas a prevenir, erradicar y sancionar la violencia contra la mujer en todas sus formas y expresiones.

tomado de :http://www.derechos.org/koaga/viii/staff.html

Introdicción: Martha Fajardo Valbuena

No hay comentarios:

Publicar un comentario